Limitación de uso
Descripción
Cláusulas limitativas de una sepultura, su variación o anulación se acordarán a solicitud del/la titular y se inscribirán en el fichero de sepulturas y título correspondiente.
Resolución
Una vez finalizado el expediente de limitación de la titularidad funeraria, se emitirá un nuevo título funerario con la limitación.
Solo puede solicitarlo el/la titular de una sepultura o un/a representant legal. Este expediente obliga a executar el pago de la redención de conservación.
Trámite
Este trámite puede realizarse de manera presencial o con cita previa en las oficinas habilitadas.
Si se dispone de firma electrónica, se puede enviar la documentación a sjuridics@cbsa.cat.